Plan Técnico de Caza

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El Plan Técnico de Caza es un documento obligatorio que regula el equilibrio medioambiental del aprovechamiento cinegético en los Cotos de Caza. Este documento debe ser redactado y suscrito por un técnico colegiado quien evaluará el coto y plantee un proyecto de desarrollo de la actividad cinegética, en cuanto a las necesidades y preferencias del titular en base al equilibrio óptimo del número de ejemplares de fauna de un ecosistema determinado


La importancia del Plan Técnico de Caza

El Plan Técnico de Caza es el elemento básico y fundamental para que cualquier coto de caza pueda desarrollar la actividad cinegética. Este documento, recoge de forma exhaustiva las especies animales que pueden ser abatidas, en las que se incluye los cupos anuales y modalidades de caza en base a las necesidades óptimas del coto en materia de equilibrio medioambiental en la densidad demográfica de las especies, teniendo en cuenta también, la importancia de los cotos intensivos de caza mayor.


Competencia del Plan Técnico de Caza

El documento del Plan Técnico de Caza, puede ser ejecutado por todo aquel profesional Colegiado competente en materia de agricultura, ganadería, caza y ordenamiento del territorio, bien sea Ingeniero forestal, agrícola o agrónomo titulado a los efectos de la materia medioambiental.


Elaboración previa del Plan Técnico de Caza

La elaboración del Plan Técnico de Caza por el personal Colegiado competente, considera tres puntos esenciales para la obtención de información y documentación pertinente para su posterior elaboración. Estos tres pilares fundamentales son:

Recepción de datos y evaluación del coto de caza. Se obtendrá la titularidad del terreno, ya sea una sola propiedad, como si es de varios propietarios de fincas rústicas que se agrupan para definir un coto compartido; así mismo se detallará al Técnico la gestión anterior en el terreno en cuestión, así como de las explotaciones agrícolas y/o ganaderas próximas que puedan o no influir en las especies que se aborden en el Plan Técnico de Caza.

Muestreo y análisis de datos y objetivos. Se basa en la elaboración de la información comparable de los datos aportados del coto con el fin de detectar patrones de comportamiento de la fauna silvestre en materia cinegética así como de los factores que han determinado la situación actual de la fauna en el ecosistema.

Programa de gestión y aprovechamiento del coto de caza. Es el manual técnico que ayuda y mejora la conservación de los ecosistemas y la gestión de la fauna silvestre y las especies cinegéticas. El objetivo de este documento es la planificación y ordenamiento de las especies cinegéticas y su equilibrio en el medio. Para ello, se elaborarán censos de los ejemplares de cada especie, controlando así mismo las especies protegidas y conservando las áreas de alimentación y descanso de las especies.


El Plan Técnico de Caza y plazos administrativos

Una vez elaborado el Plan Técnico de Caza, es recomendable su presentación en la Administración antes del mes de febrero, teniendo en cuenta que con el Nuevo Reglamento de Ordenación de la Caza, la Administración tiene 3 meses para resolución de la revisión del Plan Técnico de Caza. Es importante recordar que sin Plan Técnico de Caza no se puede cazar, por lo que si el efecto del silencio administrativo es desestimatorio, generará un grave riesgo para el coto.


Aspectos fundamentales en el Proyecto de Ejecución del Plan Técnico de Caza

1. Definición de las especies cinegéticas

Es el inventario de las especies cinegéticas que transitan el coto y/o son repobladas cuáles de ellas van a ser cazadas en las diferentes modalidades de caza, así como la definición de los cupos de captura anual de cada una de las especies.

Especies de caza menorEspecies de caza mayor
Becada, perdiz, zorzal, codorniz, paloma torcaz, tórtola, urraca, zorro, conejo, liebreJabalí, ciervo/venado, gamo, corzo, muflón, cabra, sarrio/rebeco

2. Cupos de capturas

El cupo de capturas es el número de individuos de cada especie que se puede cazar en una temporada cinegética. El objetivo del cupo es garantizar el aprovechamiento cinegético mediante el equilibrio medioambiental de las especies en su entorno conforme a la legislación de la Comunidad Autónoma correspondiente a la que circunscribe el citado coto.

3. Modalidades de Caza

Atendiendo a la tipología del coto de caza y el recuento de especies cinegéticas, se adecuará las modalidades de caza de las especies atendiendo a las necesidades específicas del coto. Véase a continuación, a nivel general, cada una de las modalidades de caza que, según la legislación de cada Comunidad Autónoma, están permitidas. En ningún momento se podrá optar a la caza de una modalidad que no esté contemplada en el Plan Técnico de Caza.

Modalidades de caza menorModalidades de caza mayor
Aguardo, al salto, con cimbel, cetrería, en mano, al ojeo, liebre con galgos, Perdiz Roja con reclamo, perros de madrigueraAguardo / espera en diurno/nocturno, caza selectiva, batida, montería, gancho, rececho

4. Caza por daños

Contemplando la existencia de explotaciones agrícolas y ganaderas, hay modalidades caza específicas que se autorizan con el objetivo de paliar daños en el sector agroganadero. Es fundamental, llevar un control de las especies para que estas no produzcan una alteración medioambiental, evitando así la propagación de enfermedades entre las especies, como es el caso de la peste porcina.

  • Conejo. Es una especie que genera daños a la agricultura, especialmente cereales y leñosos (olivo, viña, almendro y pistacho).
  • Lobo. Especie de especial atención y preocupación para las explotaciones ganaderas de ovino, bovino, caprino, porcino, etc.
  • Zorro y urraca. Autorizado por la existencia de daños sobre la ganadería y fauna silvestre.
  • Cerdo silvestre: Autorizado por los daños genéticos al jabalí silvestre y ganadería. Su exhaustivo control, evita la peste porcina.

5. Captura y repoblación de fauna cinegética

Las capturas para control veterinario y gestión cinegética, sueltas o repoblaciones de aves de caza menor y animales de caza mayor, tienen que estar debidamente documentadas en el Plan Técnico de Caza, con el objetivo de llevar un control en los censos de cada una de las especies contempladas en el coto de caza así como en el Plan Técnico.

6. El coto de caza

Es la superficie que se dedica a la caza, suelta y repoblación de especies, así como a la celebración de actos de exhibición, campo de tiro, adiestramiento y entrenamiento de perros y cetrería, así como de la práctica de cada una de las modalidades de caza menor y mayor contempladas en el coto. El coto de caza contempla los escenarios de caza deportiva, adiestramiento y entrenamiento de perros y cetrería, asó como de práctica de modalidades. Los aspectos básicos generales son:

  • Autorización única y exclusiva de un escenario por coto.
  • las especies cinegéticas de repoblación y suelta tienen la obligación de proceder de granjas cinegéticas certificadas.
  • El coto deberá estar regido por el Régimen de Evaluación Continua de Planes Técnicos de Caza.
  • Autorización expresa del titular/es de la/s propiedad/es del escenario de caza.
  • El coto tiene que estar, obligatoriamente, lejos de zonas habitadas y/o recreativas, senderos de uso público, vías públicas y vías pecuarias.

7. Delimitación del Coto

Es la localización de los enclaves denominados Zona de Reserva. Es un apartado fundamental del Plan Técnico de Caza, que nos permite gestionar y elaborar el aprovechamiento cinegético óptimo y equilibrado de la fauna en el medio.



El que anda en silencio, cazar espera

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